Top Social Icons

Left Sidebar
Left Sidebar
Featured News
Right Sidebar
Right Sidebar

viernes, 3 de junio de 2016

Santa Tecla y sus araucarias


 

A menudo surge la pregunta: ¿a quién le compete emitir las autorizaciones o restricciones sobre tala, aprovechamiento o poda de los árboles? Esta competencia se divide en tres instancias: si es en la zona urbana, le corresponde regular a las alcaldías, las áreas rurales y los planes de manejo forestal le competen al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) y al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) le conciernen las Áreas Naturales Protegidas, los bosques salados y la regulación de especies protegidas.
 
Zonas urbanas: alcaldías
Para ser más específicos, si usted quiere podar o talar un árbol en el caso de la zona urbana, debe contar con un permiso emitido por la alcaldía correspondiente, ya que de conformidad al artículo 15 de la Ley Forestal, la regulación sobre siembra, poda y tala de árboles en esas zonas será de competencia exclusiva de la municipalidad respectiva.
 
De acuerdo con la Ley, lo que esté prohibido o no depende de cada alcaldía, esto es parte de su autonomía. Cada gobierno municipal podrá decretar ordenanzas y reglamentos locales para gestionar libremente en materias de su competencia; sin embargo, el MAG se encargará de recomendar las especies adecuadas para el ornato en dichas zonas urbanas.
 
Esta facultad de los municipios también está expresada en el Código Municipal. En su artículo 4, numeral 10, determina que la regulación y el desarrollo de planes y programas destinados a preservación, restauración, aprovechamiento racional y mejoramiento de los recursos naturales, según la ley; es atribución de las municipalidades. 
(texto sustraído de MARN)

Las leyes en este país se deben entender y si partimos desde ese punto de vista lo que están protestando en el Parque Las Araucarias es un perfecto desconocimiento de las mismas leyes que rigen nuestro país en materia de medio ambiente, ya que la Alcaldía tiene autonomía para decidir si tala o no árboles dentro de cada municipio que le corresponde, ahora bien, si son árboles que están en zonas protegidas por el MARN es éste el que se encarga de su regulación y protección, como ya lo dijo la ministra Lina Pohl las araucarias no están en la lista de especies en peligro de extinción y ya la misma comuna tecleña a dicho que las araucarias no serán taladas.
 
Ahora bien, lo que debe explicar los encargados de este proyecto (Distrito I) es como harán para mantener la bio diversidad dentro del parque, si en verdad transplantaran o sustituirá esos árboles frutales.
 
Santa Tecla en los últimos 15 años ha tenido un repunte dándole paso al desarrollo urbanístico, turístico y económico que ha llevado a la deforestación no de quince árboles o de 5 araucarias si no de grandes extensiones de cafetales y árboles frutales, ahora la pregunta es, quién dió esos permisos en esos años y porqué nadie protesto?
 
atte.
Un ciudadano tecleño.

No hay comentarios.

Publicar un comentario

Derechos reservados © 2016 ElTecleño.com